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ORDEN de 18 de diciembre de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Real Federación Española de Balonmano y el Gobierno de Aragón para la designación de Aragón como sede del 23.º Campeonato del Mundo de Selecciones Absolutas Masculinas de Balonmano de la Internacional Handball Federation, que se celebrará entre los días 11 y 23 de enero de 2013.

Publicado el 17/01/2013 (Nº 12)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h7c00n11752 el convenio suscrito, con fecha 10 de diciembre de 2012, por el Presidente de la Real Federación Española de Balonmano y la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de diciembre de 2012.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONMANO PARA LA DESIGNACIÓN DE ARAGÓN COMO SEDE DEL 23.º CAMPEONATO DEL MUNDO DE SELECCIONES ABSOLUTAS MASCULINAS DE BALONMANO DE LA INTERNACIONAL HANDBALL FEDERATION, QUE SE CELEBRARÁ ENTRE LOS DIAS 11 Y 23 DE ENERO DE 2013

En Zaragoza, a 10 de diciembre de 2012, reunidos:

De una parte, el Sr. D. Roberto Bermúdez de Castro Mur, en calidad de Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, conforme a las facultades que le otorga el Gobierno de aragón, en su reunión de 4 de diciembre de 2012.

Y de otra parte, el Sr. D. Juan de Dios Román Seco, Presidente de la Real Federación Española de Balonmano en virtud de su nombramiento efectuado con fecha 18 de diciembre de 2008, según consta en Escritura de Nombramiento de Presidente otorgada en Madrid, el 19 de diciembre de 2008, ante el Notario D. Augusto Gómez-Martinho Cruz, con el n.º 4.941 de orden de su Protocolo y de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de sus Estatutos, con domicilio en Madrid, calle Ferraz 16-2.º y CIF n.º Q2878006B.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria en derecho para otorgar este convenio, y puestas previamente de acuerdo, manifiestan:

I. Que la Real Federación Española de Balonmano (en adelante RFEBM), inscrita en el Libro de Federaciones Deportivas Españolas del Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes con fecha 7 de junio de 1981 con el número 7, ostenta la representación pública de su deporte en el territorio español, tal y como se recoge en el artículo 5.1 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, de desarrollo de la Ley del Deporte.

II. Que de acuerdo con el artículo 36 de sus Estatutos, la RFEBM ejerce, bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes, una serie de funciones públicas de carácter administrativo, entre las que se encuentra "organizar o tutelar las competiciones oficiales de carácter internacional que se celebren en el territorio del Estado". Por su parte, el artículo 35 recoge, entre sus funciones propias, "fomentar el desarrollo, la promoción general y la práctica del balonmano en todo el territorio nacional".

III. Que el 2 de octubre de 2010, en la ciudad de Herzogenaurach (Alemania), el Consejo de la International Handball Federation (en adelante IHF) hizo pública la concesión a España del 23th Men´s World Handball Championship o Campeonato del Mundo de Selecciones Absolutas Masculinas de Balonmano que se celebrará en enero de 2013 (en adelante Campeonato del Mundo o Campeonato).

IV. Que el acontecimiento ha sido declarado de excepcional interés público en la Ley y se ha dado trámite a la constitución del Consorcio, con fecha de 28 de octubre de 2011, del Campeonato del Mundo de Balonmano Absoluto Masculino 2013, procedimiento obligado para el desarrollo de la disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, que otorga al Mundial 2013 la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo previsto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

V. Que de acuerdo con lo estipulado en el contrato firmado entre la RFEBM y la IHF el 7 de diciembre de 2010, la RFEBM establecerá un Comité Organizador con el objetivo de organizar con éxito el Campeonato. El presidente de la RFEBM será el presidente del Comité Organizador del Mundial de Balonmano de 2013 (en adelante Comité Organizador ó CO) y como tal es la autoridad principal y responsable del mismo.

VI. Que la RFEBM es la entidad jurídica de contratación del Campeonato del Mundo y que el CO asume, por tanto, toda la responsabilidad organizativa y de contratación de personal y de cuantos bienes y servicios sean necesario para la organización del evento. La RFEBM desarrolla el Campeonato del Mundo con la visión primordial de "Revitalizar la base de practicantes y aficionados de balonmano".

VII. El Gobierno de Aragón tiene interés en colaborar con la RFEBM en la organización del Campeonato del Mundo, con el objetivo de que el éxito del mismo redunde en la difusión de la imagen de Aragón, como Comunidad Autónoma dinámica y con grandes atractivos turísticos y culturales, promoviendo las magníficas condiciones que tiene para la celebración de eventos por su situación geográfica, infraestructuras y capacidad de gestión.

El Departamento de Presidencia y Justicia tiene encomendadas entre sus competencias por el Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, que regula su estructura orgánica, la coordinación y supervisión de la publicidad institucional.

En consecuencia, se acuerda formalizar el presente convenio entre las partes de acuerdo con los siguientes pactos:

Primero.- Objeto.

Es objeto del presente convenio la regulación del marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la RFEBM en relación a sus obligaciones y derechos por la designación de Aragón como Sede del 23th IHF Men´s World Handball Championship o Campeonato del Mundo de Selecciones Absolutas Masculinas de Balonmano de la IHF que se celebrará entre los días 11 y 23 de enero de 2013 según el siguiente modelo de competición:

- Desarrollar en Zaragoza la mitad del cuadro de eliminatorias por el título de Campeón del Mundo completo, con 4 octavos de final y 2 cuartos de final, con la presencia garantizada, si se clasifica y en caso de que las condiciones de competición lo permitan, de la selección de España.

En detalle:

- Desarrollar en Zaragoza un partido de cuartos de final y dos de octavos (con la presencia garantizada, si se clasifica y la competición lo permite, de España) y con la presencia de otros 3 equipos que competirán en la ciudad de Zaragoza en esos partidos de octavos y cuartos de final.

- Desarrollar en Zaragoza un partido de cuartos de final y dos de octavos (con la presencia garantizada de España y del primer cabeza de serie de otro grupo de la fase inicial) y con la presencia de otros 2 equipos que competirán en la ciudad de Zaragoza en esos partidos de octavos y cuartos de final.

- Los partidos en concreto se definirán en función de la mejor necesidad operativa y de competición del campeonato.

- Desarrollar en Zaragoza la fase inicial completa de uno de los grupos, con 15 partidos con la presencia de dos cabezas de serie, muy posiblemente de entre los siguientes: Dinamarca, Serbia, Croacia, Alemania, Suecia, Polonia y otras dos naciones europeas,...siempre según los criterios de clasificación que marca la IHF.

Segundo.- Promoción del deporte de base.

El Gobierno de Aragón y el Comité Organizador reconocen y aceptan la importancia de este Campeonato como parte del interés y objetivo de ambas partes de promover y consolidar el deporte de base. Para lograr este objetivo ambas instituciones crearan un plan específico de promoción para que el colectivo que forma parte del deporte base aragonés, en especial el área de balonmano, se vea beneficiado de todas las ventajas que se proyecten de la celebración del Campeonato en la Comunidad de Aragón (actividades, presencia en el desarrollo del torneo...), en las actividades de promoción, y dentro y fuera de los pabellones y los entornos que se engloben en el evento.

Tercero.- Vigencia.

La vigencia del presente convenio se extenderá desde la fecha de su firma hasta la finalización de la totalidad de actividades y operaciones relacionadas con la celebración de las distintas fases del Campeonato en Aragón, y no más tarde del día 31 de diciembre de 2013.

Cuarto.- Comité Organizador.

En el Comité Organizador del Mundial de Balonmano, la RFEBM, contará con la presencia de, entre otras, las instituciones y entidades implicadas en su organización y desarrollo. El Gobierno de Aragón formará parte del Comité Organizador a través del representante que el Gobierno de Aragón decida. La constitución del Comité Organizador del Mundial de Balonmano se realizó el pasado 20 de marzo de 2012.

El Gobierno de Aragón y el Comité Organizador acordarán, además, los representantes de las instituciones que formarán parte del Comité Local específico en Aragón o Comité Organizador Aragón. Este Comité Local no tendrá personalidad jurídica propia y será la herramienta básica de coordinación de los representantes de las distintas instituciones y entidades implicadas en los actos del Campeonato en Aragón, en coordinación con el Comité Organizador del Campeonato. El Gobierno de Aragón nombrará su representación en dicho Comité en coordinación con la RFEBM.

El Comité Local podrá ser ampliado con representantes de otras instituciones, organizaciones, entidades o empresas, previo acuerdo de las partes firmantes de este convenio.

Quinto.- Presupuesto de Comité Organizador.

Excepto en aquello que expresamente y en este convenio se acuerde que vaya a cargo del Gobierno de Aragón, el presupuesto del Comité Organizador integrará todos aquellos gastos corrientes e inversiones derivados de la planificación, preparación, promoción, publicidad y puesta en marcha del Campeonato.

El Gobierno de Aragón aportará a la Federación la cantidad de trescientos sesenta y cinco mil euros (365.000 €).

El pago se realizará de conformidad a los siguientes plazos:

Antes del 31 de diciembre de 2012: 250.000 €.

Antes del 31 de marzo de 2013: 115.000 €.

Estas cantidades comprenderán todos los impuestos que por razón de la actividad resulten aplicables.

Sexto.- Normas que rigen la competición.

El Comité Organizador, de acuerdo con la IHF, establecerá las normas que rigen la competición, el orden y el horario de los encuentros y entrenamientos y, en general, resolverá sobre cualquier cuestión que se suscite con relación al evento desde el punto de vista deportivo y organizativo.

Séptimo.- Cesión de uso de las instalaciones deportivas.

El Gobierno de Aragón coordinará con las instituciones propietarias y gestoras, el uso del Palacio Príncipe Felipe como instalación deportiva oficial de competición. Así mismo, coordinará con las instituciones con el fin de facilitar una instalación para entrenamientos de los equipos participantes.

El Gobierno de Aragón se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para que las instituciones propietarias y gestoras de las instalaciones apoyen con los equipos habituales de gestión la operativa y funcionamiento del campeonato.

El CO se compromete a seguir las indicaciones e instrucciones de los distintos responsables de las instalaciones objeto de cesión en lo relativo a la protección y uso adecuado de las infraestructuras, materiales y servicios de las mismas, así como a dejarlas en perfecto estado para su utilización cuando finalice el Campeonato.

Octavo.- Otros espacios, instalaciones y equipamientos.

El Gobierno de Aragón, dentro de sus competencias y titularidad, pondrá a disposición del Comité Organizador, sin cargo, los espacios públicos que permitan la instalación de actividades lúdicas y promocionales del Campeonato y del balonmano de base, durante el período acordado conjuntamente entre el Gobierno de Aragón y el Comité Organizador. El Gobierno de Aragón colaborará, en la medida de lo posible, en la organización y operación de éstas actividades, con el fin de que éstas se desarrollen de manera exitosa. En caso de que otras instituciones sean las propietarias de estos espacios o que fuera necesaria una gestión de coordinación al respecto, el Gobierno de Aragón se compromete a realizar las gestiones oportunas para la coordinación de estas actividades con dichas instituciones.

El Gobierno de Aragón compromete su especial voluntad e interés en participar de forma activa en todas las actividades lúdicas y promocionales que se realicen en torno al Campeonato y su promoción, por lo que el Gobierno de Aragón realizará cuantas gestiones estén a su alcance ante otras instituciones, organismos u operadores para facilitar el uso de otros espacios, instalaciones y equipamientos por parte del Comité Organizador si se requirieran para la realización de actividades vinculadas al Campeonato en las condiciones que en cada caso se acuerden.

Noveno.- Voluntarios.

El Gobierno de Aragón se compromete a realizar sus mejores esfuerzos para que las federaciones deportivas aragonesas (en especial la Federación Aragonesa de Balonmano) sean informadas de la realización del Campeonato y de los eventos realizados con el fin principal de motivar la participación en la gestión de voluntarios y de apoyo local y por lo tanto en la difusión de la comunicación del evento durante el Campeonato y durante los eventos que alrededor del mismo se desarrollen.

Décimo.- Acreditaciones.

Será responsabilidad del Comité Organizador la elaboración de un sistema de acreditaciones para el Campeonato, según requerimientos de la IHF y de las normas de circulación marcadas conjuntamente entre RFEBM y el personal técnico del Gobierno de Aragón. En todo caso, se destinarán acreditaciones suficientes para el personal técnico y directivo de las instalaciones y del Gobierno de Aragón.

La gestión del sistema de acreditaciones irá, así mismo, a cargo de personal del CO.

Undécimo.- Protocolo, hospitalidad y catering Vip.

La responsabilidad del protocolo corresponde al Comité Organizador del Campeonato, en coordinación con la IHF. El Gobierno de Aragón designará personal de Protocolo específico que colaborará con el CO para la gestión de las zonas Vip de las diferentes instalaciones donde tendrán lugar la competición y las actividades paralelas (actividades sociales, lúdicas,...) siempre que esté prevista la presencia de la Presidenta y demás miembros del Gobierno de Aragón.

El Palco de Honor será gestionado por el comité organizador y la IHF, teniendo en cuenta las asistencias confirmadas para cada una de las sesiones y actividades. La planificación protocolaria y del palco se coordinará entre el Gobierno de Aragón, el CO y la IHF, así como el resto de las zonas VIP.

El CO tendrá la posibilidad de ofrecer, y a su coste, los servicios de catering a los colectivos que considere oportunos (zonas VIP, IHF, Comité Organizador, prensa,...).

Duodécimo.- Derechos comerciales y patrocinio.

Las partes reconocen que los derechos comerciales, de imagen y publicidad del Mundial son propiedad de la IHF y de la RFEBM. Lo son también los derechos audiovisuales, de marketing, de marca y otros derechos de propiedad intelectual.

Decimotercero.- Publicidad y promoción.

El Comité Organizador establecerá la línea gráfica del campeonato, así como la utilización de los logos y material promocional, yendo a su cargo el diseño, producción, distribución e instalación de estos materiales.

El Gobierno de Aragón cumplirá con el plan de marketing, publicidad y promoción del Comité Organizador siempre que ello no sea contradictorio con lo estipulado en los pactos de este convenio. Por otra parte, colaborará en todas las acciones necesarias para evitar la competencia de entidades y empresas no relacionadas con el patrocinio del Mundial de Balonmano que realicen promoción de sus marcas y/o productos en los exteriores y alrededores del Pabellón Príncipe Felipe ("ambush marketing"), dentro del ámbito de competencias y posibilidades del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón colaborará con el Comité Organizador para la publicidad y promoción del evento. En este sentido, pondrá a disposición, dentro de las posibilidades y márgenes técnicos y de plazos exigidos por las diferentes dependencias municipales, de circuitos de banderolas y opis u otro tipo de mobiliario urbano de las ciudades. Así mismo, el Gobierno de Aragón pondrá a disposición del CO los espacios publicitarios existentes alrededor del pabellón mencionado anteriormente o coordinará con las instituciones propietarias y explotadoras de los mismos para poner a disposición del CO su uso en las fechas que conjuntamente se acuerden.

El Gobierno de Aragón cederá, si fuese necesario, el espacio necesario para llevar a cabo los diversos eventos relacionados con la promoción del balonmano de base en el ámbito del Gobierno de Aragón de acuerdo con lo estipulado en anteriores pactos de este convenio.

Decimocuarto.- Presencia y visibilidad del Gobierno de Aragón.

El logo del Gobierno de Aragón se incluirá, de manera preeminente, en la totalidad de los soportes publicitarios, informativos e institucionales producidos con motivo del Campeonato, tanto analógicos como digitales; tanto en papel como en entornos virtuales, incluyendo las redes sociales y canales audiovisuales creados ad hoc. Las comunicaciones con los medios de comunicación (notas, comunicados de prensa, dossiers, etc.) también deberán contener dicha presencia.

El Gobierno de Aragón dispondrá de vallas publicitarias y presencia de su imagen en las instalaciones donde se desarrolle el campeonato en la cuantía y forma que se determine, conforme a lo estipulado en las normativas de la IHF.

El logotipo del Gobierno de Aragón que se incluirá en los mencionados materiales y elementos, serán decididos por el Gobierno de Aragón y el CO y las aplicaciones sobre los soportes deberán ser aprobados por el Comité Organizador.

Los representantes del Gobierno de Aragón estarán presentes de forma destacada en todos los actos oficiales del Campeonato, incluidas las correspondientes ceremonias de inauguración, clausura y premiación. También su presencia será destacada en los siguientes actos:

- Acto de presentación oficial de la firma del acuerdo.

- Acto de presentación de las Ciudades como Sedes Oficiales del Campeonato.

- Acto de presentación de los equipos nacionales participantes tras la celebración del sorteo con la presencia de representantes de la RFEBM, del Comité Organizador y del equipo nacional español.

- Acto de presentación de los equipos participantes en la semana previa al comienzo del evento.

Asimismo, la RFEBM se compromete a realizar los esfuerzos posibles para celebrar actos de presentación junto a la RFEBM y Comité Organizador en las embajadas o consulados de los países cuyos equipos queden emparejados en el grupo correspondiente a Aragón.

Las publicaciones oficiales (sea cual sea también su formato y soporte) deberán contemplar la posibilidad de reserva de espacio publicitario y/o redaccional para el Gobierno de Aragón.

La RFEBM garantiza, además, al Gobierno de Aragón lo que sigue:

a) Revista Balonmanía: La RFEBM insertará en esta publicación una página entera a color (210x298 mm) del Gobierno de Aragón con la composición y diseño que designe el Gobierno de Aragón de acuerdo con la normativa de identidad corporativa que designe el Comité Organizador. La inserción se realizará en todos los números de la revista en el periodo que va desde la firma de este convenio y hasta el número siguiente al Campeonato.

b) Logotipo del Gobierno de Aragón como "Colaborador Institucional" en las presencias ante los medios de comunicación, tanto nacionales como internacionales, tanto territoriales como federativos.

c) Logotipo con link del Gobierno de Aragón en las páginas web que se desarrollen con motivo del Campeonato del Mundo de Balonmano Masculino de 2013 por parte del CO.

El Gobierno de Aragón podrá hacer uso de las imágenes y del material audiovisual del evento para la difusión del Campeonato y de la región en general.

El Gobierno de Aragón se compromete a facilitar, en cada caso, las imágenes, vídeos o material correspondiente, la aplicación que se deberá visualizar en cada producto para su aprobación por parte del CO, previa a la producción del mismo.

Decimoquinto.- Proyección internacional.

La RFEBM y el Gobierno de Aragón acuerdan el establecimiento de una alianza de colaboración entre el Comité Organizador del Campeonato del Mundo y Gobierno de Aragón para el posicionamiento internacional de Aragón y su promoción en el marco del Campeonato. De esta manera, y dentro del programa estratégico del CO, se contemplará la generación e incremento de sinergias para el aumento de la promoción turística exterior, promoción de las inversiones e incremento del conocimiento y oportunidades de desarrollo de la región internacionalmente.

Decimosexto.- Televisión.

Los derechos televisivos de Campeonato del Mundo de Balonmano Masculino de 2013 son titularidad de la IHF, de acuerdo con los pactos firmados entre ésta y la RFEBM. En ningún caso estos posibles acuerdos comportarán gastos, derechos ni obligaciones para el Gobierno de Aragón.

Decimoséptimo.- Responsabilidades.

Los compromisos adoptados con terceros por parte de la RFEBM en su conjunto no vincularán al Gobierno de Aragón en aquello que sea contradictorio con el contenido y espíritu de este convenio.

Decimoctavo.- Desarrollo, concreción o ampliación del presente convenio.

Las partes, de común acuerdo, podrán desarrollar, concretar o ampliar lo que se establece en el presente convenio, en relación a la organización de los cuadros de competición del IHF 23th Men´s World Handball Championship o Campeonato del Mundo de Selecciones Absolutas Masculinas de Balonmano de la IHF que se celebrará en 2013 y de los otros acontecimientos deportivos o sociales vinculados, procediendo a la firma de cuantos acuerdos escritos se consideren necesarios.

El seguimiento y control de la realización de las actuaciones objeto del convenio que corresponden a la RFEBM se realizará mediante la presentación por parte de esta de la correspondiente documentación justificativa ante el Departamento de Presidencia y Justicia.

Decimonoveno.- Resolución del convenio.

Este convenio se podrá resolver, además de por las causas admitidas con carácter general por la normativa vigente, por cualquiera de las siguientes:

- Incumplimiento manifiesto, continuado y grave, por cualquiera de las partes, de las obligaciones derivadas del mismo.

- Actuación por cualquiera de las partes de forma ilegal o de manera tal que su actuación perjudique notoriamente el nombre y la reputación de la otra.

Producido el incumplimiento por cualquiera de las partes, y con carácter previo a la notificación de la resolución, se deberá compeler a la otra para que subsane aquél en un plazo de quince días, y si no lo efectuare procederá a iniciar los trámites de la resolución.

Vigésimo.- Jurisdicción.

Para resolver cualquier controversia que se pueda derivar del presente convenio, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Aragón.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.